INFORMACIÓN GENERAL

La Constitución Española de 1978, en su artículo 141, dispone que la provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Y añade que el gobierno y la administración autónoma de las provincias estarán encomendados a Diputaciones.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 31.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases del Régimen Local, la provincia es una entidad local determinada por la agrupación de municipios, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Son fines propios y específicos de la provincia garantizar los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipales, en el marco de la política económica y social, y, en particular:

  • Asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal.
  • Participar en la coordinación de la Administración local con la de la Comunidad Autónoma y la del Estado.

SERVICIOS A LOS MUNICIPIOS

La Diputación Provincial de Ciudad Real presta sus servicios a los 514.143 habitantes distribuidos por los 19.813 km2 de superficie que tiene nuestra provincia, es decir, 102 municipios, 3 EATIMS y 63 aldeas.

A tenor del art. 36 de la ley de régimen local, son competencias propias de la Diputación las que le atribuyan en este concepto las leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas en los diferentes sectores de la acción pública y, en todo caso, las siguientes:

  • La coordinación de los servicios municipales entre sí para la garantía de su prestación integral y adecuada.
  • La asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión. En todo caso garantiza en los municipios de menos de 1.000 habitantes la prestación de los servicios de secretaría e intervención.
  • La prestación de servicios públicos de carácter supramunicipal y, en su caso, supracomarcal y el fomento o, en su caso, coordinación de la prestación unificada de servicios de los municipios de su respectivo ámbito territorial. En particular, asume la prestación de los servicios de tratamiento de residuos en los municipios de menos de 5.000 habitantes, y de prevención y extinción de incendios en los de menos de 20.000 habitantes, cuando éstos no procedan a su prestación.
  • La cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito.
  • El ejercicio de funciones de coordinación en los casos previstos en la ley.
  • Asistencia en la prestación de los servicios de gestión de la recaudación tributaria, en periodo voluntario y ejecutivo, y de servicios de apoyo a la gestión financiera de los municipios con población inferior a 20.000 habitantes.
  • La prestación de los servicios de administración electrónica y la contratación centralizada en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes.
  • El seguimiento de los costes efectivos de los servicios prestados por los municipios de su provincia.
  • La coordinación mediante convenio, con la Comunidad Autónoma respectiva, de la prestación del servicio de mantenimiento y limpieza de los consultorios médicos en los municipios con población inferior a 5000 habitantes.

A los efectos de lo dispuesto en las letras a), b) y c) del apartado anterior, la Diputación:

  • Aprueba anualmente un plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal, en cuya elaboración deben participar los municipios de la provincia.
  • Asegura el acceso de la población de la Provincia al conjunto de los servicios mínimos de competencia municipal y a la mayor eficacia y economía en la prestación de éstos mediante cualesquiera fórmulas de asistencia y cooperación municipal.

Con esta finalidad, la Diputación otorga subvenciones y ayudas con cargo a sus recursos propios para la realización y el mantenimiento de obras y servicios municipales, que se instrumentarán a través de planes especiales y otros instrumentos específicos.

  • Garantiza el desempeño de las funciones públicas necesarias en los Ayuntamientos y les presta apoyo en la selección y formación de su personal sin perjuicio de la actividad desarrollada en estas materias por la Administración del Estado y la de las Comunidades Autónomas.
  • Da soporte a los Ayuntamientos para la tramitación de procedimientos administrativos y realización de actividades materiales y de gestión, asumiéndolas cuando aquéllos se las encomienden. Entre otras, pueden destacarse las siguientes: 
    • Asistencia técnica y cooperación jurídica los municipios especialmente los más pequeños que son los que menos recursos tienen.
    • Redacción, dirección y ejecución de proyectos de Obras, Infraestructuras, Arquitectura y Equipamientos municipales.
    • Realización de estudios Geográficos, demográficos y de infraestructuras de los municipios y de la provincia.
    • Formación a trabajadores municipales
    • Gestión de fondos y archivos municipales de los municipios menores de 6.000 habitantes.

Asimismo, conforme a lo dispuesto en la Ley de Carreteras, la Diputación de Ciudad Real mantiene una red provincial de carreteras de más de 1.800 kms de longitud y de conformidad con lo dispuesto en su ley específica publica y gestiona el Boletín Oficial de la Provincia.

SERVICIOS A LOS CIUDADANOS

La Diputación de Ciudad Real realiza, además, múltiples servicios de atención directa a los ciudadanos y a las entidades en que se integran. Entre otras, pueden destacarse las siguientes:

  • Importante apoyo económico y logístico en materia de colaboración al desarrollo internacional.
  • Diseño, gestión y seguimiento de convocatorias de subvenciones para la realización y mantenimiento de servicios culturales, deportivos, empleo y bienestar social y de apoyo a los ciudadanos, asociaciones y empresas directamente con programas específicos para que puedan mantener sus actividades, programas, servicios y proyectos.
  • Apoyo económico para la realización de actividades, programas y proyectos en las áreas de cultura, deporte, juventud y servicios sociales.
  • Fomento del Empleo.
  • Asistencia a las víctimas de violencia de género y casa de acogida.
  • Residencia universitaria.
  • Escuela Infantil.
  • Centro de Exposiciones.
  • Pabellón ferial.
  • Puesta en valor y fomento del turismo en nuestra provincia.
  • Apoyo a las empresas, asociaciones y para la promoción de nuestros productos.