S e d e e l e c t r ó n i c a h t t p : / / w w w . d i p u c r . e s
Página
Expediente: DPCR2012/2659
DECRETO
Extracto: Aprobando Bolsa de Trabajo de Ayudante de Brigada. P/lc.
DECRETO.- En uso de las facultades que me están conferidas por el art. 34 h) de la
Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, según redacción dada
por la Ley 11/1.999, de 21 de abril, de modificación de la citada norma legal y,
RESULTANDO que la Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial, en
sesión ordinaria celebrada el día 15 de marzo de 2011, adoptó acuerdo por el que se
aprobaba Convocatoria de Oposición libre para proveer una plaza de Ayudante de Brigada
de la plantilla funcionarial, que constituirá bolsa de trabajo (particular 6.1).
CONSIDERANDO lo dispuesto en el artículo 1 del Reglamento de las Bolsas de trabajo
para futuras contrataciones e interinidades, que figura como Anexo II en el Acuerdo Marco
para el personal funcionario y en el Anexo II en el Convenio Colectivo del personal laboral, y
publicados en el Boletín Oficial de la Provincia nº 48 de fecha 21 de abril de 2010 y nº 87 de
fecha 21 de julio de 2010 respectivamente.
CONSIDERANDO la propuesta de resolución de dicha convocatoria efectuada por el/la
Presidente/a del Tribunal.
Visto lo anteriormente expuesto, tengo a bien
DISPONER
Primero.- Aprobar la Bolsa de Trabajo de AYUDANTE DE BRIGADA según el orden
que a continuación se relaciona y que deberá ser tenido en cuenta para el nombramiento o
contratación de los mismos:
1.- Sánchez Peralvo, Rafael
2.- Díez Medina, Rodolfo
3.- Broceño Gómez, Daniel
4.- Ruiz García, Gustavo
5.- Díaz Barral, Rafael
6.- Navas Sánchez, Benigno Javier
7.- Pérez Galán, Aureliano
8.- Azaña Fernández, Jesús Enrique
9.- Flores Herrera, Miguel Ángel
10.- Oliver López, Ángel
11.- Vozmediano Cortecero, Enrique
12.- Sánchez Alcaraz, Abel
13.- Garrido Nieto, Victor
14.- Mora Hernan, Arturo
15.- Risco de la Orden, Porfirio
16.- Jiménez Moya, Francisco Javier
Documento firmado electrónicamente en el marco de lo dispuesto en los arts. 17 y siguientes de la Ley 11/2007, de 22 de junio y
normas concordantes. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa
expresada.
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El documento consta de un total de 2 página/s. Página 1 de 2. Código de Verificación Electrónica (CVE) 1as20 42m50 51165 0513s
Decreto número: 2012/765
Firmado digitalmente por "Sr. Presidente" DE LARA GUERRERO NEMESIO el día 16-02-2012
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17.- Letrado Arredondo, Ángel
18.- Ruedas Matas, José Manuel
19.- Perea Nieto, Marcelino.
Segundo.- Con el fin de posibilitar un mínimo de duración en los nombramientos
interinos o en la contratación temporal, se establece para esta circunstancia que hasta tanto
no sea nombrado o contratado ninguno de estos aspirantes seleccionados, un mínimo de
seis meses, incluidas varios nombramientos o contrataciones en su caso, no decaiga su
derecho a volver a ser nombrado o contratado ni corra el turno en sucesivas propuestas de
nombramiento o contratación, hasta tanto el aspirante de que se trate haya completado un
mínimo de seis meses. No pudiéndose seguir haciendo uso de los siguientes aspirantes
hasta tanto uno de las anteriores no haya completado dichos seis meses. Todo ello de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.3 del Reglamento para la constitución de
bolsas de trabajo para el empleo temporal en la Excma. Diputación Provincial de Ciudad
Real.
Notifíquese al Servicio de Personal, Junta de Personal, Grupo Socialista y Grupo
Popular.
LA PRESIDENCIA
DOY FE,
SECRETARÍA GENERAL
Documento firmado electrónicamente en el marco de lo dispuesto en los arts. 17 y siguientes de la Ley 11/2007, de 22 de junio y
normas concordantes. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa
expresada.
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Decreto número: 2012/765
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